Garantías procedimentales de Evaluación


GARANTÍAS PROCEDIMENTALES EN LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO DE PRIMARIA. Curso 14/15.
(Orden de 10 de agosto de 2007/Orden de 15 de diciembre de 2008/ Orden de 29 de septiembre de 2010/ Instrucciones de 12 de mayo de 2014)


  1. Decisiones suceptibles de reclamación, las evaluaciones de carácter final.
  2. Procedimiento de notificación. EN TUTORÍAS, y que quede registrado con copia el recibí que se ha comunicado esta decisión. Sino por carta certificada.
  3. PROCEDIMIENTO:
  • Se entregan los boletines de notas y la notificación sobre la no promoción. (día 29 de junio)
  • Durante los días 30 de junio y 1 de julio, pueden entregar por parte de las familias, en el registro del colegio la reclamación razonada sobre la disconformidad de la decisión.
  • Entre los días 2 y 3 de julio, la Jefa de Estudios convocará al tutor/a y al equipo docente para que estudie la reclamación. En esta reunión se levantará acta donde se justifique de forma razonada la decisión adoptada.
  • Día 3 de julio, la Jefa de Estudios se notifica a las familias la decisión adoptada, con una copia del acta. (notificación con firma de recibí, o burofax).
  • En caso de que las familias no estén de acuerdo, las familias tendrán como plazo el día 4 y 5 de julio para presentar reclamación en 2ª instancia ante la dirección del colegio, con registro de entrada.
  • Antes del 8 de julio el Director resolverá dicha reclamación, siendo comunicada a las familias el 8 de julio. Se hará constancia que contra esa decisión cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga en el plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación. En este caso el Director (9/10/11 de julio) remitirá a la Delegación Territorial el expediente de reclamación, agotando esta vía.

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